viernes, 28 de octubre de 2011


Nuevo Reglamento SAT sobre Gestores Autorizados.-


Estimados clientes y amigos; les informamos que a partir del 19 de septiembre del año en curso la SAT ha implementado un nuevo proceso burocrático. Antes, los colaboradores de    contabilidad o el mensajero podían efectuar los trámites ante esta institución. A partir de esa fecha, sólo los pueden hacer, Abogados, Apoderados, Representantes Legales y Gestores Tributarios, en el caso de estos últimos; deben cumplir con una serie de exigencias que limita la celeridad y obstaculiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias. A partir de esa fecha, deberán incluir en su presupuesto un rubro por gastos de trámites, gracias a las estimulantes medidas de la SAT.




¿Qué es un Gestor Autorizado?
Un Gestor es la persona autorizada por medio de un Gafete emitido por el departamento de Seguridad Institucional de la SAT para hacer trámites en nombre de otra persona.






Les dejamos un poco de información acerca del reglamento para dicho requerimiento SAT y los requisitos para obtener ese título y sus características:

Reglamento SAT para gestores autorizados;

Para descargar el reglamento de gestores autorizados sigue el siguiente link:
Reglamento para gestores autorizados.-


Requisitos para actuar gestor tributario
Para ser un Gestor Tributario se requiere cumplir con los requisitos mínimos siguientes:


1. Ser guatemalteco
2. Hallarse en el goce y ejercicio de sus derechos civiles
3. Ser mayor de edad
4. Carecer de Antecedentes penales y policíacos
5. Haber cursado y aprobado como mínimo el tercer año de educación básica y aprobar una prueba de suficiencia fiscal, realizada por la Gerencia de Recursos Humanos (documentos que deben estudiar Ley del Impuesto de Circulación sobre Vehículos Marítimos y Terrestres, Ley del IVA, ISR, Código Tributario y Reglamento de Gestores Tributarios) 

IMPEDIMENTOS

NO podrán ser autorizados para actuar como Gestor Tributario quienes tengan uno o más de los impedimentos siguientes:
1. Los civilmente incapaces
2. Los toxicómanos y ebrios habituales
3. Los declarados en estado de interdicción
4. Los que hubieran sido condenados por los delitos siguientes:
     *  Contra el patrimonio;
     * Contra la fe pública y el patrimonio nacional;
     * Contra la economía nacional, el comercio, la industria y el régimen
        tributario;
     * Contra la administración publica y del perjurio y falso testimonio
5. Los empleados de los organismos ejecutivo, legislativo y judicial, los de las municipalidades y los de cualesquiera otras entidades, que devenguen sueldos u honorarios del estado o del municipio. Se exceptúan los servicios en centros docentes o instituciones asistenciales, siempre y cuando exista compatibilidad de horarios.
6. Los que sean suspendidos como consecuencia de las sanciones reguladas en el Reglamento Administrativo de Gestores Tributarios.


DOCUMENTOS ADJUNTOS A LA SOLICITUD
El interesado en ser Gestor Tributario, deberá acompañar a la solicitud, la documentación siguiente:
1. Fotocopia legalizada de su Cédula de Vecindad o DPI
2. Original o fotocopia legalizada de la constancia de carencia de antecedentes penales
3. Original o fotocopia legalizada de la constancia de carencia de antecedentes policíacos
4. 3 Cartas de recomendación de las personas propuestas en la solicitud que den testimonio de la honradez del solicitante con firma legalizada por notario.
5. Fotocopia legalizada de la constancia de estudios
6. Dos Fotografías recientes tamaño cédula a color o en blanco y negro
7. Presentar Acta Notarial de Declaración Jurada.( en la que con formalidades de ley, declare que en ejercicio de su función como Gestor Tributario, se someterá a las disposiciones legales atinentes del ordenamiento jurídico guatemalteco, evitando en todo momento incurrir en ilegalidades y efectuar actos que deriven en perjuicio para la SAT)
8. Presentar Fotocopia legalizada del Diploma de Tercero Básico mínimo

La documentación adjunta con la solicitud, deberá presentarla en orden como se solicita en el listado de requisitos, en un fólder nuevo tamaño oficio, con su respectivo gancho y debe ser entregada en el Departamento de Seguridad General, ubicado en el Sub-Sótano del Edificio de Torre SAT 7ª. Ave. 3-73 zona 9.


¿Dónde puedo encontrar el formato de solicitud?

Haciendo click en el siguiente link: Formato de Solicitud


Recuerda que cualquier duda respecto a esta nueva disposición o trámite puedes hacerla directamente a la SAT en su call center 1550 y al correo gac@sat.gob.gt


Esperamos esta información sea de tu utilidad.




Anuncio de prensa publicado por SAT el viernes 16/09/11.